La Sociedad

Actividad de la Sociedad

INMUEBLES EN ALQUILER RESYDENZA, SOCIMI, S.A.U. fue constituida por tiempo indefinido como sociedad de responsabilidad limitada el día 7 de junio de 2019. Está domiciliada en la Glorieta de Cuatro Caminos, 6-7 de Madrid (28020), con C.I.F. A88411889. La Sociedad fue transformada en Sociedad Anónima Cotizada de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI) el día 22 de septiembre de 2022.

Su objeto social comprende las siguientes actividades, entre otras:

  1. La adquisición y promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento. La actividad de promoción incluye la rehabilitación de edificaciones en los términos establecidos en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  2. La tenencia de participaciones en el capital de otras sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (en adelante, “SOCIMI”) o en el de otras entidades no residentes en territorio español que tengan el mismo objeto social que aquéllas y que estén sometidas a un régimen similar al establecido para las SOCIMI en cuanto a la política obligatoria, legal o estatutaria, de distribución de beneficios.
  3. La tenencia de participaciones en el capital de otras entidades, residentes o no en territorio español, que tengan como objeto social principal la adquisición de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento y que estén sometidas al mismo régimen establecido para las SOCIMI en cuanto a la política obligatoria, legal o estatutaria, de distribución de beneficios y cumplan los requisitos de inversión que exija la Ley de SOCIMI.
  4. Estas entidades no podrán tener participaciones en el capital de otras entidades. Las participaciones representativas del capital de estas entidades deberán ser nominativas y la totalidad de su capital debe pertenecer a otras SOCIMI o entidades no residentes a que se refiere la letra a) anterior. Tratándose de entidades residentes en territorio español, estas podrán optar por la aplicación del régimen fiscal especial en las condiciones establecidas en la Ley de SOCIMI.
  5. La tenencia de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria reguladas en la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
  6. El desarrollo de otras actividades accesorias o complementarias, financieras y no financieras, que generen rentas que en su conjunto representen menos del porcentaje que determine en cada momento la Ley de SOCIMI de las rentas de la sociedad en cada periodo impositivo, tales como, entre otras:
  7. La construcción, promoción, venta de locales comerciales, garajes y viviendas, tanto de renta libre como de protección oficial o pública, y cuanto esté relacionado con dicha actividad, como la adquisición de terrenos, su financiación, urbanización y parcelación, así como la rehabilitación de edificios.
  8. La adquisición, parcelación, explotación y venta de fincas rústicas, agrícolas, forestales, ganaderas y de cualquier otro bien raíz y de la comercialización de sus productos y demás bienes de consumo.
  9. La adquisición, tenencia y enajenación de bienes muebles y de valores mobiliarios de renta fija y variables, previa, en su caso, la autorización administrativa pertinente, así como la compraventa de obras de arte.
  10. La gestión, dirección y explotación en cualquiera de las formas admitidas en derecho de hoteles, apartahoteles, residencias de estudiantes, residencias de ancianos, y en general de cualquier inmueble en el que se desarrolle una actividad económica.
  11. La cesión de capitales propios a cambio del pago de intereses u otro tipo de contraprestación.

Incorporación al BME Scaleup

La totalidad de las acciones de la Sociedad (5.000.000 de acciones) han sido incorporadas al BME Scaleup desde el 10 de mayo de 2024 siendo su código ISIN asignado por la Agencia Nacional de Codificación de Valores: ES0105791000.

Modelo de negocio y motivación

La Sociedad se ha especializado, tras su transformación en SOCIMI, en la generación de una cartera de inmuebles en régimen de alquiler con derecho a compra. Su propósito es ayudar a resolver un problema estructural en España, que lejos de solucionarse parece haberse agravado en los últimos años: la dificultad de acceso a la vivienda en propiedad, especialmente en segmentos sensibles, como el de los jóvenes. La Sociedad persigue una inversión con fines sociales con un modelo que permita, a su vez, generar una rentabilidad alineada con el riesgo de su inversión.

La novedad de su modelo de negocio permite solventar algunos de los problemas habituales del alquiler con opción a compra tradicional, flexibilizando para el arrendatario/futuro comprador (aquel que entra en el régimen de alquiler con derecho a compra y es, por un lado, arrendatario y, por el otro, tendrá el derecho de compra futuro) su planificación de ahorro para entrar en la compra de la vivienda. Este modelo aporta flexibilidad y certidumbre para el arrendatario/futuro comprador, así como para Resydenza, adquiriente efectivo de la vivienda, que es posteriormente puesta en uso del arrendatario/futuro comprador.

Todos los parámetros financieros aplicables en el modelo de negocio están definidos y son pactados con carácter previo a la firma de los contratos privados entre Resydenza y el arrendatario/futuro comprador, de manera que se dota de total transparencia al negocio entre las partes. Pueden prever la situación futura y adaptarse a ella según sus condiciones particulares.

Esta necesidad de soluciones alternativas que permitan mayor flexibilidad a la población para acceder a una vivienda en propiedad genera un negocio potencial para las compañías que puedan satisfacer tal demanda en el corto, medio y largo plazo. Resydenza trata de ocupar este espacio, satisfaciendo una demanda creciente de interesados en el alquiler con derecho a compra.

Desde el punto de vista de los arrendatarios/futuros compradores, el modelo ofrece múltiples ventajas. La principal, que permite entrar en el mercado inmobiliario de compraventa a muchos interesados que, actualmente, y con los productos de financiación tradicionales, están excluidos de él. No solo eso, sino que permite poder adaptar el tipo de activo a la situación futura de ahorro esperada, y no a la actual. Pueden acceder a su vivienda y disfrutar de ella sin descapitalizarse en demasía, de manera que mantienen su estilo de vida y ocio, mientras ganan tiempo para ir ahorrando de cara a la compra futura.

Desde el punto de vista de Resydenza, le permite acceder a un modelo de activos atomizados con muchos beneficios, tanto en la gestión, como del producto en sí. El modelo de negocio genera a su vez una rentabilidad a Resydenza acorde con el mercado, alineada con el riesgo de los activos y el modelo establecido (que tiene múltiples ventajas en la gestión con respecto al alquiler tradicional).

Los contratos de alquiler con derecho a compra se formalizan por un período mínimo de 3 años renovable anualmente hasta un máximo de 7 años. A partir de la finalización del tercer año, el arrendatario podrá ejercer su derecho de adquisición de la vivienda en base a un precio ya acordado y que será diferente en función del año en el que se ejerce la opción de compra (desde la finalización del año 3 al año 7). Durante la duración del contrato, el arrendatario podrá realizar aportaciones adicionales para la compra de la vivienda en concepto de arras confirmatorias si estas exceden de la renta establecida, lo que podrá dar lugar a descuentos en el precio de compra pactado en base a las rentas y arras confirmatorias pagadas a Resydenza por parte del arrendatario.

En el momento de la firma del contrato de alquiler con derecho a compra, el arrendatario abona a Resydenza un importe determinado en concepto de arras penales equivalente al 5% del importe de la compra del inmueble que la Sociedad ha adquirido justo en el momento de la firma del contrato de alquiler con derecho a compra, y que es una vivienda elegida por el arrendatario que encaja en el modelo de inversión Resydenza .